Fuente: Gobierno de Castilla-La Mancha

clmleyEl Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado la Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad. Dicha ley nace con tres objetivos principales:

  1. Garantizar la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la inclusión de las personas con discapacidad de acuerdo con lo previsto en la legislación nacional y la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad.
  2. Asegurar la transversalidad de las políticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que afectan a las personas con discapacidad.
  3. Establecer los principios para la protección de los derechos de las personas con discapacidad.

La ley consta de 87 artículos, agrupados en siete títulos, cinco disposiciones adicionales y nueve disposiciones finales.

El título Preliminar recoge las disposiciones generales que orientan todo el texto normativo, el objeto, ámbito de aplicación, definiciones a los efectos de esta ley, los principios informadores que han de regir su aplicación y desarrollo, la corresponsabilidad de los poderes públicos en la garantía de la igualdad de oportunidades y la colaboración con las entidades privadas de iniciativa social para prestar una atención coordinada a las personas con discapacidad y la necesidad de elaborar un informe de impacto de discapacidad en las iniciativas de carácter normativo y estratégico de la Administración Autonómica.

  • El título I concreta el ámbito de actuación de esta ley en relación con la garantía del derecho y principio de igualdad de las personas con discapacidad, definiendo, asimismo, los deberes de las mismas y sus familias.
  • El título II contempla las distintas medidas para garantizar el citado derecho y principio de igualdad.
  • El título III avanza, en el marco normativo nacional y autonómico en materia de accesibilidad, estableciendo acciones concretas y obligaciones para dar cumplimiento al requisito de accesibilidad universal con una mención especial a la regulación del derecho al uso de animales de apoyo.
  • El título IV se centra en la participación en la vida pública y política, recogiendo el derecho a participar en la planificación y ejecución de las actuaciones y políticas que les afecten, así como en los mecanismos de participación.
  • El título V se dedica a los principios y actuaciones relacionados con la planificación y evaluación de las políticas públicas sobre discapacidad; a la formación y especialización de los profesionales, y a las acciones vinculadas al fomento de la investigación e innovación en las áreas relacionadas con la discapacidad.
  • El título VI, en el marco de la normativa nacional, se refiere al régimen de infracciones y sanciones aplicable en materia de igualdad de oportunidades y no discriminación de las personas con discapacidad.

 icon-download Descargar Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha en PDF

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