• La nueva Ley de Contratos del Sector Público, que entra hoy en vigor, tendrá gran trascendencia sobre las personas con discapacidad intelectual, sus familias y las organizaciones que les representan, ya que regula la forma en que las administraciones públicas va a organizar los servicios sociales.
  • Plena inclusión y AEDIS están muy satisfechas con la incorporación del concierto social como una forma admitida de organización de los servicios sociales al margen de la licitación de contratos. Esta incorporación y la reserva de contratos a centros especiales de empleo han sido unas de nuestras principales demandas en los últimos años, ya que genera un marco de estabilidad para las organizaciones y fomenta el empleo de las personas con discapacidad intelectual.

Madrid, 9 de marzo de 2018. Hoy entra en vigor la nueva Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, que tiene una gran trascendencia sobre las personas con discapacidad intelectual y sus familias y las entidades que las representan. Esta norma –que transpone las Directivas del Parlamento y el Consejo Europeo 2014/23/UE y 2014/24/UE– va a regir la forma de ofrecer bienes y servicios de las organizaciones de la discapacidad (que movilizan más del 15% del PIB) y son fuente de creación de miles de puestos de trabajo.

Para las entidades del Tercer Sector, probablemente la medida más importante de cuantas regula la nueva Ley sea la de la figura del concierto social. El artículo 11.6 establece que las administraciones públicas podrán recurrir a la vía de la concertación, licencia o autorización para organizar los servicios sociales, al margen y sin necesidad de acudir a la contratación, con “todas las entidades que cumplan las condiciones previamente fijadas por el poder adjudicador, sin límites ni cuotas, y que dicho sistema garantice una publicidad suficiente y se ajuste a los principios de transparencia y no discriminación”. La incorporación de esta medida ha sido una de las principales demandas de Plena inclusión y AEDIS, quienes –junto con sus federaciones autonómicas– han tenido desde 2013 múltiples contactos con diferentes grupos políticos y con el Gobierno para la consecución de este logro.

Otra medida a tener en cuenta es la regulación de la reserva de ciertos contratos para determinados servicios sociales, culturales y de salud a organizaciones del ámbito de la economía social. La duración de este contrato no excederá de tres años, deberá orientarse a la realización de una misión de servicio público vinculada a la prestación de los servicios y sus beneficios se reinvertirán con el fin de alcanzar el objetivo de la organización o se distribuirán con arreglo a los principios de participación.

Contratos reservados a CEE

La nueva Ley también tiene un gran impacto en los Centros Especiales de Empleo (CEE) de iniciativa social, ya que hace una definición de los mismos mediante la modificación del Art. 43 de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y su Inclusión Social, restringiendo a éstos la participación en los contratos reservados.

Además, entre otras cosas, establece una reserva vinculante en las licitaciones para estos centros del 10% para la Administración del Estado y prohíbe acudir a las licitaciones a aquellas empresas sancionadas en firme por infringir la cuota de reserva del 2% para trabajadores con discapacidad intelectual y resto de medidas de integración laboral e igualdad de oportunidades.

AEDIS ha organizado en los últimos meses jornadas en Valladolid, Sevilla y Zaragoza sobre los contratos reservados y las cláusulas sociales en la contratación pública para animar a las administraciones a apostar por el Contrato Reservado a CEE como una fórmula para facilitar el empleo y la inclusión social de las personas con discapacidad. “La realidad es que actualmente los CEE realizan casi tres de cuatro contratos específicos a personas con discapacidad, por ello el contrato reservado es una buena manera de crear trabajo para el colectivo y facilitar su inserción en el mercado laboral abierto en aquellos casos que sea posible”, matiza Bernabé Blanco, Presidente de AEDIS.

Por último, y no menos importante, la nueva Ley establece que en la contratación de servicios dirigidos a personas físicas, se deberán tener en cuenta criterios de accesibilidad y diseño universal.

icon-bookmark Monográfico de AEDIS “La adjudicación de contratos reservados a CEE”.

Fuente: AEDIS

Sin comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Antes de enviar te damos información básica sobre la protección de datos: RESPONSABLE: Asociación Española de Fundaciones Tutelares / G81488884 / Aviador Zorita 13, Oficina 208, 28020, Madrid / info@fundacionestutelares.org / 915718730 FINALIDAD PRINCIPAL: Gestionar la potencial relación comercial/profesional. Atender las consultas o remitir la información que nos solicita. DERECHOS: Acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan.INFORMACIÓN ADICIONAL: Puede consultar la información adicional y detallada sobre nuestra Política de privacidad.